Casos de estudio de conflictos de marcas de artistas de la industria musical

Cada vez es más común que se presenten disputas por nombres de canciones, grupos u otras denominaciones que los artistas otorgan a sus creaciones en el ámbito musical.

A Continuación te presentamos tres enfrentamientos por los que han pasado varios famosos de la industria musical y que demuestran la importancia del registro de marca.

  • Carlos Vives y La Provincia: En Colombia el cantante Carlos Vives cuenta con más de 100 solicitudes de registro de marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio, siendo el artista colombiano con el mayor número de marcas registradas en el país. 

En el año 2017 el señor William José Puche Barraza, solicitó el registro de la marca mixta PROVINCIA COSTANERA para identificar servicios de la clase 41 de la clasificación internacional de Niza (clase referida a servicios de entretenimiento, formación, cultura y deporte).

Frente a esta solicitud, Four Reasons S.A.S., apoderados de Carlos Vives, presentan una solicitud de oposición al registro de la marca, considerando que afecta el derecho de la banda musical “La Provincia”. La cual, es una marca registrada y cuyo titular es Carlos Vives e interpretan obras musicales junto a él. La SIC decide declarar fundada la oposición y a su vez, negar el registro de la solicitud presentada por el señor William José Puché Barraza. 
Fuente: Expediente N° SD2017/0073865 – Resolución Nª 6507

  • Adriana Lucía y Porrock: La empresa Four Reasons S.A.S. actuando como apoderada del cantante Carlos Vives, presentó una solicitud de registro para la marca nominativa PORROCK para distinguir productos y servicios en las clases 9 y 41 de la clasificación de Niza, frente a esta solicitud la SIC decide NEGAR el registro de la marca considerando que en Colombia, la artista Adriana Lucía cuenta con una producción musical que lleva este nombre, afectando de esta manera los derechos de autor de la cantante, pudiendo así generar confusiones en los consumidores, e incurriendo de esta manera en una causal de irregistrabilidad de marcas que establece que no puede registrarse un signo que infrinja un derecho de propiedad industrial y de autor sin consentimiento de su titular. 
    Fuente: Expediente N° SD2017/0029217 – Resolución Nª 66496
  • Disputa entre Taylor Swift y el parque temático Evermore: La cantante Taylor Swift lanzó una producción musical llamada “Evermore”, frente a lo cual el parque temático, ubicado en Utah – Estados Unidos y cuyo nombre es igual, demandó a la cantante por dos millones de dólares por infracción de derechos marcarios. El parque asegura que los visitantes del parque pueden estar confundiendo éste y relacionándolo directamente como resultado de una colaboración entre Taylor Swift y ellos, añadiendo como argumento que tanto el parque como el álbum de la cantante ofrecen productos similares, algo que respaldan a través de pruebas fotográficas. Por su parte, el equipo legal de Taylor califica los argumentos como “infundados” demostrando que la cantante no tiene relación alguna con los productos y servicios que ofrece el parque temático. 

Luego de que esto ocurriera, el equipo legal de Taylor Swift decide presentar una contrademanda contra el parque temático, la principal razón era no tener las licencias, ni autorizaciones correspondientes para interpretar la música de la cantante dentro del lugar. Actividad que realizaba ignorando las comunicaciones enviadas por parte de BMI (Sociedad de gestión colectiva de Estados Unidos).

Finalmente, tanto Taylor Swift como el Parque Evermore, decidieron retirar sus respectivas demandas (desestimación voluntaria de la demanda), sin que mediara un acuerdo económico entre ellas.


Fuentes: https://pitchfork.com/news/taylor-swift-and-evermore-theme-park-drop-lawsuits/https://laverdadnoticias.com/espectaculos/Abogados-de-Taylor-Swift-responden-al-parque-tematico-Evermore-ante-demanda-20210225-0009.html 

Creado por: Alejandra Castillo, Mónica Zuluaga y Mariana Zapata

Corregido por: Giselle Fierro